plan igualdad

El reglamento deja reflejado que, en caso de que las empresas tengan cincuenta o más colaboradores, sus medidas de igualdad deberán contemplarse en un plan elaborado.
Los planes de igualdad tienen que ser medibles. Se deben analizar los obstáculos que impiden o dificultan la igualdad efectiva tanto en mujeres como en hombres. Por eso, es necesario realizar un diagnóstico de medidas con la representación de las trabajadoras. Una evaluación que incorpora temas como el proceso de selección, la clasificación profesional, la formación, la promoción profesional, las condiciones de trabajo, la retribución y la prevención de acoso. Y todo ello, bajo el seno de la Comisión Negociadora del Plan de Igualdad.
Será obligatorio inscribirlo en el Registro de Planes de Igualdad, como un convenio o acuerdo colectivo del trabajo con los colaboradores.

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